Soy uno de los 215.820 médicos matriculados en nuestro país. No pretendo hablar en nombre de esos 215.000, como alguien pretendió hablar en nombre de todos, representando a mil. Soy médico desde 1971. Desarrollé toda mi vida profesional en el Hospital Fernández de la Ciudad de Buenos Aires y, desde hace casi treinta años ejerzo la dirección científica de la Fundación Huésped.
Antes de dedicarme a la infectología, fui durante casi diez años médico interno de terapia intensiva en mi hospital. Allí ví morir decenas de mujeres por complicaciones de abortos inseguros. El cuadro clínico característico es llamado sindrome tricolor: blanco, por la anemia producida por la hemorragia incontrolable; amarillo, por la ictericia que significa que el hígado ha dejado de funcionar adecuadamente; y azul, por la cianosis, cuando ya el organismo no puede sostener una adecuada oxigenaicón de la sangre. Las que tuvieron suerte, salvaron su vida. Pero muchas de ellas perdieron la posibilidad de ser madres en el futuro, ya que la extirpación del útero suele ser el recurso heroico para evitar la muerte por gangrena.
A comienzos de los 80, mi carrera profesional se vio absolutamente trastrocada con la aparición de los primeros casos de lo que después supimos era la epidemia de HIV-SIDA. Ambos temas, el HIV y el aborto, están vinculados a los derechos y a la sexualidad, porque finalmente de esto se trata este debate: de lo que nos pasa como sociedad cuando debemos discutir sobre la sexualidad y los derechos.
Pero hoy aquí no estamos discutiendo sobre el aborto de manera abstracta o filosófica, sino sobre un proyecto de ley con media sanción de la Cámara de Diputados que garantiza el derecho de las mujeres y personas gestantes a interrumpir voluntariamente el embarazo hasta la semana catorce de gestación, y luego de ese plazo, con las cuasales ya contempladas actualmente, de acuerdo al Código Penal vigente y el fallo “F.A.L.” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Cuando apareció el HIV, un virus que hizo visibilizar las diferentes formas de ejercer la sexualidad, a mi equipo se lo bautizó como la patota rosa. “Ahí viene un paciente tuyo”, me decían; como si el paciente no fuera del sistema de salud. Nos quemaron las primeras cuatrocientas historias clínicas y trataron de echarnos del hospital. No pudieron.
El concepto de médico, etimológicamente, viene de cuidador. Cuando se puede curar, uno cura. Cuando no, trata de acompañar.
Ciertas versiones de colegas que veo en los medios, festejando –entre comillas– que no van a realizar abortos si esta ley se aprueba, me recuerda la objeción de conciencia de hecho que muchos médicos practicaron con las personas HIV positivas desde el comienzo de la epidemia. En ese caso, era claramente abandono de persona. Pero en la ley en debate, sí se incluyó la posibilidad de la objeción de conciencia en al artículo 15. Claro que la objeción de conciencia no habilita a desentenderse del problema. Muy por el contrario, como médico, genera la disyuntiva entre una obligación a cumplir, versus una convicción moral o religiosa en sentido contario.
La objeción de conciencia no habilita a la juzgar a la mujer que se acerca al servicio de salud ni a cercenar el derecho a acceder al aborto, que sí es un problema de salud pública. Mirar para otro lado una problemática que existió, existe y existirá, como es la decisión de la mujer de interrumpir el embarazo no deseado, es claramente ser parte del problema.
La objeción de conciencia no habilita a la juzgar a la mujer que se acerca al servicio de salud ni a cercenar el derecho a acceder al aborto, que sí es un problema de salud pública. Mirar para otro lado una problemática que existió, existe y existirá, como es la decisión de la mujer de interrumpir el embarazo no deseado, es claramente ser parte del problema.
La objeción de conciencia no habilita a la juzgar a la mujer que se acerca al servicio de salud ni a cercenar el derecho a acceder al aborto, que sí es un problema de salud pública. Mirar para otro lado una problemática que existió, existe y existirá, como es la decisión de la mujer de interrumpir el embarazo no deseado, es claramente ser parte del problema.
La objeción de conciencia no habilita a la juzgar a la mujer que se acerca al servicio de salud ni a cercenar el derecho a acceder al aborto, que sí es un problema de salud pública. Mirar para otro lado una problemática que existió, existe y existirá, como es la decisión de la mujer de interrumpir el embarazo no deseado, es claramente ser parte del problema.
25 millones de abortos clandestinos en el mundo, según la Organización Mundial de la Salus cada año, es un dato que habla por sí solo. Cuando una mujer decide interumplir un embarazo, queda sólo una vida por proteger: la de la mujer. La diferencia es si lo hará en condiciones seguras, o si la condenamos por pobre y excluida al sindrome tricolor y a la muerte.
Una de las críticas que se le hacen al proyecto con media sanción es que se podría usar el aborto como método anticonceptivo. Además de esconder un profundo desprecio por las mujeres, esta afirmación es falaz. Cuando el aborto sea ley, las mujeres no sólo accederán a una práctica más segura y cubierta por el sistema de salud; también podrán acceder en ese momento a métodos anticonceptivos que permitan evitar futuros embarazos no deseados. La opción no es entre educación sexual, métodos anticonceptivos o aborto. Se trata de un paquete de acceso a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos que debemos garantizar como política de salud pública.
¿Por qué el proyecto establece la voluntariedad hasta la semana catorce? Como las catorce semanas se cuentas desde la fecha desde la última menstruación, una mujer notará un posible embarazo recién a partir de la semana cuatro; con lo cual el plazo previsto en la ley equivale, como máximo, al primer trimestre del embarazo. Si acortamos el plazo de la interrupción voluntaria menos mujeres, fundamentalmente las más jóvenes y las más vulnerables, que son las que más tardíamente conocen su estado, van a poder acceder a la práctica. Cualquier barrera que interpongamos solo generará demoras e inequidad en el acceso, clandestinidad, complicaciones y muerte. Además, señoras senadoras, señores senadores, seamos claros: cuando una mujer decide interrumpir su embarazo quiere hacerlo lo antes posible. En este sentido, si no se establece y se respeta el límite de tiempo de cinco días para garantizar la práctica, como lo establece el artículo 11, nuevamente exponemos a las mujeres más vulnerables a que se cercene su derecho a la interrupción voluntaria.
La reglamentación de la ley deberá especificar el circuito así como los servicios dentro de los hospitales y clínicas que deberán brindar la práctica. Los cinco días son destinados específicamente a ofrecer consejería y asesoramiento, a iniciar el proceso y eventualmente recetar las pastillas. En los pocos casos que requieran una internación, se tratará claramente de una urgencia. Y hoy los hospitales en sus provincias ya están atendiendo a estas pacientes.
Otro punto que me gustaría remarcar es el de la falacia de la cuestión económica. No es cierto que no se podrán afrontar los costos ni que el sistema de salud no está preparado. Sabemos que los costos que implica la atención de las complicaciones de los abortos clandestinos –sepsis, peritonitis, perforación de útero, sangrado– son altísimos, requieren cirugías y días de terapia intensiva, y en la actualidad estos costos ya son afrontados por los sistemas de salud de sus provincias. Nadie abandona en nuestro país a su suerte a la víctima de un aborto clandestino. La demanda de costos para implementar la ley –pastillas para el aborto, la AMEU– es mucho menor que los costos actuales, evitando además las penosas complicaciones y la muerte prematura.
Señoras senadoras, señores senadores: la ley de interrupción del embarazo no obliga a nadie a abortar. Y quiero recordarles que nadie puede demostrar que haya habido un aumento en el número de personas que decidieron cambiar su orientación de género o contraer matrimonio con personas del mismo sexo cuando se aprobaron, respectivamente, las leyes de identidad de género o la ley de matrimonio igualitario. La ley, en todo caso, garantiza hacer el aborto en un contexto seguro.
Nadie defiende más la vida que quienes pugnamos por el aborto legal, seguro y gratuito. No promovemos el aborto, promovemos su legalización para que no sigan sufriendo y muriendo las mujeres más desposeídas. El Estado tiene el deber de garantizar el acceso a los derechos sexuales y reproductivos para todos los habitantes de nuestro país, de considerar todas las realidades en un contexto de equidad, asegurando las mejores condiciones para que el exceso a la salud se lleve a cabo en forma equitativa y en un entorno seguro.
Hoy el Honorable Senado de la Nación tiene una oportunidad histórica: ser responsable de mantener esta injusta y trágica situación o ser parte de la solución. Que sea ley.
Muchas gracias.