Todas las instituciones continúan con una estructura binaria. Sin embargo, la Ley de Identidad de Género-sancionada en Argentina en 2012- habilita acciones que van hackeando de alguna forma el sistema y marcan antecedentes jurisprudenciales importantes. Hace una semana Gerónimo Carolina Gonzalez Devesa, que se autopercibe como una persona no binaria, cambió su partida de nacimiento para que su sexo no sea consignado. No había otro antecedente en la región. Hoy, la Cámara Penal Económica – Sala A- resolvió otorgarle prisión domiciliaria a un varón trans que estaba detenido en el Centro Penitenciario Federal IV de Ezeiza, un penal femenino. Ni cárcel de varones ni cárcel de mujeres: domiciliaria para él, cuya identidad no cuadra en la estructura cisnormativa.
“Desde la PPN entendemos que se trata de un gran avance en el reconocimiento de derechos del colectivo LGBT*, en particular sobre los varones trans. En primer lugar, porque pone de manifiesto que la cárcel, al igual que el resto de las instituciones, presenta un modelo binario que genera efectos negativos para las identidades de género no normativas y les expone a sistemáticas violaciones de sus derechos. A la vez, expresa las dificultades existentes en el cumplimiento de la ley de identidad de género, la falta de adecuación en el abordaje penitenciario y el impacto diferenciado de las políticas punitivas para los diversos colectivos. Esta resolución pone un quiebre y reconoce las vulneraciones de derechos que enfrentan las personas trans en las cárceles, además habilita y posibilita alternativas al encierro como, en este caso, la prisión domiciliaria. Es un antecedente sin precedentes que hay que apropiárselo para replicarlo y seguir avanzando en medidas respetuosas de los derechos humanos
A B. lo detuvieron en septiembre de este año. Desde su detención fue entrevistado en dos oportunidades por asesoras del Equipo de Género y Diversidad Sexual de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). Le preguntaron donde quería ser alojado y él optó por el CPF IV de Ezeiza que es donde están mujeres cis, travestis y trans. No quería estar detenido en una cárcel de varones cis pero el lugar en el que estaba tampoco contenía, ni estaba pensado para su identidad de género.
“Desde la PPN entendemos que se trata de un gran avance en el reconocimiento de derechos del colectivo LGBT*, en particular sobre los varones trans. En primer lugar, porque pone de manifiesto que la cárcel, al igual que el resto de las instituciones, presenta un modelo binario que genera efectos negativos para las identidades de género no normativas y les expone a sistemáticas violaciones de sus derechos. A la vez, expresa las dificultades existentes en el cumplimiento de la ley de identidad de género, la falta de adecuación en el abordaje penitenciario y el impacto diferenciado de las políticas punitivas para los diversos colectivos”, explicó a LATFEM Josefina Alfonsín, integrante del Equipo de Género y Diversidad Sexual de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN).
“Esta resolución pone un quiebre y reconoce las vulneraciones de derechos que enfrentan las personas trans en las cárceles, además habilita y posibilita alternativas al encierro como, en este caso, la prisión domiciliaria. Es un antecedente sin precedentes que hay que apropiárselo para replicarlo y seguir avanzando en medidas respetuosas de los derechos humanos”, agregó la experta.
El proceso judicial lo inició Sergio Meirovich, Defensor Público Coadyuvante a cargo de Unidad de Letrados Móviles Nro. 1 en lo Penal Económico, que hizo una presentación que se fundó en comprender que la permanencia en un establecimiento penitenciario de su defendido no permitía el pleno goce del ejercicio de su identidad de género y, de este modo, habilitaría posibles vulneraciones a los derechos humanos.
Sergio Meirovich, Defensor Público Coadyuvante a cargo de Unidad de Letrados Móviles Nro. 1 en lo Penal Económico, hizo una presentación por él que se fundó en comprender que la permanencia en un establecimiento penitenciario de su defendido no permitía el pleno goce del ejercicio de su identidad de género y, de este modo, habilitaría posibles vulneraciones a los derechos humanos.
“Desde nuestra experiencia el Servicio Penitenciario Federal se encuentra sostenido bajo criterios de detención cisnormativos”, pronunciaron en un escrito presentado como “Amigo del Tribunal” desde la PPN. “En la actualidad la gestión de los establecimientos penitenciarios -al igual que la mayoría de las instituciones- no escapa al modelo binario y cisnormativo y, dadas las dificultades observadas en la efectiva aplicación de la Ley de Identidad Género, se producen serias afectaciones de derechos para el colectivo trans encarcelada/o”, dijeron.
La PPN acompañó el pedido de la defensa presentándose en calidad de “Amigo del Tribunal”, aportando la experiencia de trabajo y el conocimiento del Equipo de Género y Diversidad Sexual en materia de disidencias dentro de las cárceles federales. Al respecto, pronunciamos que Para la elaboración de la presentación, se consultó la opinión de experta/os y activistas como Kalym Adrián Soria, Licenciado en Trabajo Social, Presidente de RITTA (Red de Intersexuales, Transgéneros y Transexuales de Argentina) y Blas Radi, profesor de filosofía por la Universidad de Buenos Aires, representante argentino de la Unión Latinoamericana de Hombres trans (ULTRANS). Sus valiosos aportes y observaciones fueron destacados en un aparado de nuestro escrito.
Según los registros oficiales, hacia fines de diciembre del 2017 se encontraban detenidas un total de 40 travestis y mujeres trans, alojadas principalmente en el CPF IV de Ezeiza. En ese entonces, por primera vez se registró en un listado extendido por el SPF la presencia de un varón trans, también alojado en el CPF IV. En este sentido, el 85% de esta población se encuentra en calidad de procesada. A su vez, se desprende que el 39% es de nacionalidad argentina, mientras que el 61% proviene de países latinoamericanos, siendo la nacionalidad peruana la más prominente.