El debate sobre la educación religiosa llega a la Corte Suprema argentina

La causa contra la educación religiosa en las escuelas públicas de Salta comenzará a ser tratada hoy en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá fallar luego de una serie de audiencias públicas los días 16, 17, 30 y 31 de agosto, convocadas por la misma Corte.

Los y las niñas de Salta que asisten a las escuelas públicas, quieran o no, quieran o no sus madres y padres, rezan durante las horas de clase. A pesar de que el Estado nacional adoptó el principio de neutralidad religiosa, el Estado salteño imparte coercitivamente catolicismo fundamentado en que la mayoría de la población sostiene esa creencia. Se trata de la convicción de que las políticas públicas deben acompañar a las mayorías populares, aun cuando se afecten los derechos de las minorías religiosas o de las minorías incrédulas y se trate de menores de edad. En Salta es obligatorio creer.

Distintas organizaciones se presentarán como amicus curiae y acerquen posiciones y antecedentes al tribunal. En las audiencias se espera la presencia del Centro de Estudios Legales y Sociales junto con organizaciones de la Red INCLO, la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU), el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), Marcelo Alegre y Roberto Gargarella, de la Universidad de Buenos Aires, la Asociación Civil 100% Diversidad y Derechos, entre otrxs.

El expediente “Castillo, Carina Viviana y otros c/Provincia de Salta, Ministerio de Educación de la Prov. de Salta s/amparo” llegó a la máxima instancia judicial de la Argentina en 2014 luego de que la Corte de Justicia de Salta concediera un recurso extraordinario federal que presentó la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y un grupo de madres para que se garantice la neutralidad del Estado en materia religiosa y se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Educación salteña.

En la provincia de Salta, los y las docentes y autoridades escolares imponen la enseñanza obligatoria de la religión católica en las escuelas públicas. De esta manera vulneran una serie de derechos: a la libertad de culto, de religión y creencias, el derecho a la igualdad, a la educación libre de discriminación, a la intimidad, a la libertad de conciencia y el respeto a las minorías étnicas y religiosas. Todas estas violaciones de derechos ocurren dentro del horario escolar. El planteo de las denunciantes es que, además, son las madres y los padres quienes tienen derecho a educar a sus hijos según sus convicciones y creencias y que el Estado, no solo no debe imponer el catolicismo como moral obligatoria, sino que su deber es respetar la laicidad, la neutralidad y el igualitarismo en el ejercicio de la función pública.

La ley provincial de Educación es la 7546. En los considerandos para conceder el recurso extraordinario, la Corte salteña señaló que según la denuncia la implementación de la ley y, sobre todo, la posibilidad de que se dé catolicismo en el horario de clases, colisiona contra los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado argentino. Además, dejan constancia en la descripción de los hechos los “actos discriminatorios y de coerción hacia los menores que no profesan la religión católica”.

La defensa del Estado provincial fue una definición de su rol: negó “que se hayan inculcado valores distintos u opuestos a los de la sociedad argentina y que no cabe cercenar el derecho de los niños a recibir educación religiosa”.

La Corte Suprema argentina deberá resolver de manera definitiva la causa, que impactará sobre otros proyectos similares en contra de la laicidad.

Las audiencias se podrán seguir online en el Centro de Información Judicial.