Cada cuatro años, el Estado argentino debe ser evaluado acerca de su cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño (SIC) por un Comité internacional de expertxs independientes que se reúne en la sede de Naciones Unidas. La evaluación cuenta con la participación de diferentes actores en instancias diferenciadas. El Estado da a conocer su reporte y las organizaciones de la sociedad civil presentan sus “informes alternativos”, en los que aportan datos sobre la realidad de la niñez y la adolescencia. Al mismo tiempo sugieren al Comité aquellas recomendaciones sobre las cuales considera prioritario que se enfoquen los resultados de la evaluación. Educación Sexual Integral, embarazo adolescente no deseado, abusos sexuales y acceso al aborto: son algunos de los temas que preocupan a las organizaciones.
La implementación inadecuada y dispar de la Ley 26.150 de Educación Sexual Integral en el territorio argentino es una de las principales preocupaciones. Este instrumento jurídico nacional incluye entre sus objetivos la integración de la educación sexual en las diferentes propuestas educativas; transmitir conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados; promover actitudes responsables frente a la sexualidad; prevenir problemas vinculados con la salud sexual y reproductiva; y procurar la igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres. Sin embargo, existen obstáculos muchas veces infranqueables en su implementación en las provincias ante la ausencia de un Estado nacional que les exija el cumplimiento del mínimo fijado por la ley. En el informe elaborado por el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), destaca el caso de Salta como una ejemplo claro de las trabas que aparecen para la aplicación de la ESI. En territorio salteño la normativa avala que la religión católica sea enseñada en las escuelas, la constitucionalidad de esta definición se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por su parte, el informe que presenta el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia de Argentina señala que sobre todo “…a partir de 2016 se observa la desarticulación de los equipos técnicos, la reducción de las capacitaciones y el retroceso en el desarrollo del Programa”.
El embarazo adolescente es otro de los ejes en el centro de la mira. De acuerdo con la información que ofrecen las organizaciones, en Argentina el 16% de los embarazos corresponde a mujeres de hasta 20 años, de estos el 69% no son planificados y se producen por la falta de la información que proveería la Educación Sexual Integral si fuera implementada de manera correcta. También preocupa la falta de accesibilidad a los métodos anticonceptivos. En los últimos 5 años, 9 niñas menores de 15 años han acudido por día al sistema de salud para iniciar un proceso de parto, y estos embarazos son en muchos casos producto de abusos sexuales que se cometieron en su entorno familiar. En lo que respecta al acceso de información, si bien lxs adolescentes pueden exigirla por sí mismxs desde los 13 años, muchas veces les es negada. Al mismo tiempo no existe un criterio uniforme hacia el interior de los servicios de salud que obligue a los profesionales a brindar la información más allá de su propia discrecionalidad. Además, existe un contraste fuerte entre las diferentes regiones del país. De acuerdo con la información provista por el Colectivo, “…en la Ciudad de Buenos Aires, el 7,2% de los partos son de madres menores de 20 años de edad, en cambio, en la provincia del Chaco, Formosa y Misiones este porcentaje llega a casi el 25%”.
En cuanto al acceso al aborto, el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo publicado en 2015 por el Ministerio de Salud de la Nación reconoce el derecho de niñas y adolescentes a pedir esta intervención por sí mismas a partir de los 14 años, a la vez que explicita que debe respetarse el derecho a ser escuchadas y que su opinión sea tenida en cuenta cuando no hayan alcanzado esta edad. En Argentina el aborto es legal bajo el modelo de causales: en los casos de violación y de peligro para la salud y la vida de la persona gestante. Sin embargo, la realidad indica que en la práctica, Argentina se parece a “…los contextos legales en los que el aborto está totalmente prohibido”, según señalan ELA y FEIM. De las alrededor de 53.000 internaciones anuales que se registran por abortos en los hospitales públicos, el 15% corresponden a adolescentes y niñas menores de 20 años, y “…el recurso abusivo y arbitrario a la objeción de conciencia…” continúa siendo la barrera ilegítima de preferencia para el acceso a las prestaciones legales de aborto en Argentina. Cabe recordar que aún son nueve las provincias que no cuentan con los protocolos hospitalarios para garantizar el acceso a los abortos no punibles dispuestos por la CSJN a raíz del Fallo F.A.L. (Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Tucumán y el Estado nacional), mientras que otras ocho interponen exigencias que pueden dificultar su acceso (Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Buenos Aires, Río Negro y Salta).
Todas las fallas en los mecanismos del Estado se ponen de manifiesto en casos críticos como el de Juana, denunciado en su informe por el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia de Argentina. Juana es una niña wichí con retraso madurativo de Alto de la Sierra, una zona rural de Salta, quien en 2015, cuando tenía 12 años, fue violada por ocho jóvenes criollos en el territorio de su comunidad, en una forma cruel de violencia que se encuentra extendida en la zona y es conocida como “rameada” o “chineo”. La atención médica de Juana fue deficiente: “no recibió la medicación de emergencia contra las infecciones de transmisión sexual ni la anticoncepción de emergencia”; cuando se hizo la denuncia, ni la Justicia ni el Ministerio de Salud se acercaron a su pueblo o facilitaron su acceso a la justicia, así como tampoco tradujeron la información necesaria para la niña, que solo comprende su lengua nativa; y la investigación estuvo viciada en todas sus instancias. Cuando la madre de Juana advirtió que la niña estaba embarazada, solicitó un aborto no punible que le fue negado, bajo razones que “profundizaron la discriminación y buscaron estigmatizar a la víctima, a su familia y a su comunidad”. Finalmente, “cuando cursaba siete meses de embarazo, se comprobó que gestaba un feto anencefálico, y recién se autorizó a una intervención cesárea en el Hospital de Niños de Salta el 3 de junio de 2016”. Por último, un juez de la Corte solicitó un Jury de Enjuiciamiento al fiscal Armando Cazón y al juez Héctor Astigueta, a cargo de la causa, que fue denegado, ya que “no existía una gravedad suficiente para seguir con el jury”.
Respecto a los abusos sexuales y otras formas de violencia que sufren niños, niñas y adolescentes en sus entornos familiares existen muy pocas estadísticas y los casos muchas veces han sido encubiertos por el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP). Los datos resultan alarmantes si se considera que, según se desprende en uno de los informes, “el 88% de los agresores son varones y que cada agresor produce un promedio de dos víctimas niños, niñas y adolescentes (….). La mayor cantidad de situaciones de maltrato se produce en los primeros años de vida, entre los 0 y los 10 años, y no presenta mayores diferencias cuantitativas entre niños y niñas. Entre los 11 y los 18, los casos de violencia física hacia las niñas y las adolescentes prácticamente se duplican en cantidad respecto de los de género masculino. La vulnerabilidad de las mujeres se acentúa frente a la violencia sexual que afecta cuatro veces más a las chicas que a sus pares de género masculino. De los 290 femicidios registrados en 2016 en Argentina, el 48,2% fueron niñas y adolescentes”. Esta información debe leerse en complemento con los informes que sostienen que el 62% de lxs niñxs abusadxs no piden ayuda, un 22% la pidió y no la recibió o fue inadecuada; y solo un 16% pidió ayuda y le creyeron. Esto se debe principalmente a que “el poder Judicial en la Argentina evidencia, en muchos casos, una mirada cargada de prejuicios patriarcales y adultocéntricos que desvalorizan el testimonio infantil”. Finalmente, la violación de derechos en el proceso penal conduce a que niños, niñas y adolescentes sean revinculadxs contra su voluntad con quienes lxs agredieron, llegando a ser obligadxs a convivir con la persona que ejerció el abuso. “La negación del maltrato y del abuso sexual por parte de lxs operadores, en muchos casos, es de tal magnitud que la palabra de niños, niñas y adolescentes es negada o reinterpretada en función de ideas morales preconcebidas respecto de la unidad familiar y el derecho de comunicación”, dice el informe del Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia de Argentina.
Educación Sexual Integral, embarazo adolescente no deseado, abusos sexuales y acceso al aborto: son algunos de los temas que preocupan a las organizaciones.
Accedé a los informes completos:
ELA y FEIM: https://goo.gl/JGuV1D
Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia de Argentina: https://goo.gl/zhSDv2