30 festivales de música fueron denunciados por incumplir la Ley de Cupo

La Ley de Cupo femenino en los festivales de música se aprobó en la última sesión ordinaria del Congreso en 2019 y se publicó en el Boletín Oficial el 20 de diciembre pasado. El 7 de febrero ya estaba disponible su reglamentación, que tiene al Instituto Nacional de Música (INAMU) como su órgano de fiscalización e implementación. ¿Qué pasa con su cumplimiento? La respuesta no sorprende.

Durante el verano, sólo con recorrer la Ciudad de Buenos Aires se podían ver los afiches de festivales y fiestas nacionales donde no aparecía ni una sola mujer, lesbiana, trans o no binarie en la programación. Por ejemplo, La Fiesta Nacional del Sol, en San Juan, sólo mencionaba a Abel Pintos, Damas Gratis, Ciro y los persas, Wos, Luis Fonsi y Los Auténticos Decadentes. En su cartel parecía que la Ley N° 27.539 del Cupo femenino y acceso de artistas mujeres a eventos musicales no hubiera existido. En el ambiente del folklore parece que tampoco se enteraron de la sanción y reglamentación de la ley. El Festival Nacional de Folklore de Cosquín tuvo en su primera luna del sábado 25 de enero a 70 números musicales en su programación. De ellos, 58 fueron artistas varones y sólo 12 eran mujeres.

La Ley de Cupo femenino en los festivales de música se aprobó en la última sesión ordinaria del Congreso y se publicó en el Boletín Oficial el 20 de diciembre pasado. A tiempo récord, el 7 de febrero se conoció su reglamentación, que tiene al Instituto Nacional de Música (INAMU) como su órgano de fiscalización e implementación. 

Entre la ley y la reglamentación hay algunos detalles que cambiaron: por un lado se amplió la representación de ese cupo no sólo para mujeres, también para identidades autopercibidas, y por el otro, el poder de policía para controlar que se cumpla la ley tanto en el ámbito privado como público es de todxs.

“Se laburó mucho para no sea sólo cupo femenino, y eso fue un reclamo de las pibas, fue un pedido y una presión de la red de músicas”, dice Paula Rivera, vicepresidenta del INAMU. Es decir, al reglamentar la ley definieron a “artista femenina” como “agrupaciones de mujeres y de personas de género autopercibido”. Para hacer cumplir la ley de cupo, todxs lxs artistas que toquen tienen que estar inscriptos en el Registro Único de Músicos del INAMU, y desde el 27 de julio de 2019 permite anotarse en una identidad autopercibida, más allá de lo que el Registro Nacional de las Personas permite. Desde esa fecha ya hay 130 musiques registrades fuera del binarismo biologicista de mujer/varón.

El cumplimiento de la ley

INAMU no tiene la estructura para salir a fiscalizar todxs los festivales, shows y recitales que se dan en el país desde el ámbito privado y público, por eso desarrolló un sistema para que cualquiera pueda denunciar si ve que una grilla no cumple con el 30% de artistas mujeres y personas de género autopercibido.

La forma de hacerlo es muy sencilla. Se completa un formulario que está en la web creada para esto, donde se puede subir el flyer del evento y la información acerca de la fecha, lugar, provincia y cartel del recital. A partir de ahí, INAMU recibe la denuncia y sale a fiscalizar. Lo que el organismo le pide a la producción del evento es una declaración jurada que, desde la publicación de la ley en el Boletín Oficial, es obligatoria para todxs lxs productores, organizadores y/o espacios donde se hace el show, en la cual se deja constancia de todas las bandas o solistas, y de cuántas mujeres o identidades autopercibidas estén en la grilla.

“Sin la denuncia de alguien no podemos salir a fiscalizar. Hay que hacer una red clara para que les compañeres sepan que pueden hacer la denuncia de que hay un festival privado o público que no cumple el cupo. Mandan un mail, adjunta la foto de la grilla. Si no cumple con el cupo se continúan los pasos administrativos para el apercibimiento, si lo cumple se le pide que haga la declaración jurada a posteriori”, dice a LATFEM Paula Rivera. La ley explica de manera detalla cómo se conforma el 30% del cupo femenino, pero no ordena cómo debe figurar en la grilla ni cuántos minutos tiene que estar sobre el escenario la artista. Si no cumplen, se multa a la organización o a lxs productores con una multa por un valor equivalente de hasta el 6% de la recaudación bruta de todos los conceptos que haya generado la actuación de los eventos de música en vivo.

Desde que se reglamentó hasta el 11 de marzo, 10 eventos enviaron su declaración jurada y 7 obtuvieron el sello de cumplimiento: la Fiesta del Bosque en Chubut, la Fiesta de la Confluencia en Neuquén, el festival Buena Vibra en CABA, el Carnaval de los Tekis en Jujuy, Música en el Anfi en Salta, Rock en la Casa en San Luis y el Ecofest en Salta. Hay tres que están en proceso de acreditar estos requisitos, entre ellos Cosquín Rock. 

Hubo 26 eventos denunciados, 7 fueron recibidas a través del formulario de la web. Hay 3 que están siendo procesados por legales porque no presentaron la Declaración Jurada de cumplimiento del Cupo: Día de la Mujer en Dean Funes, Córdoba, Fiesta de la Cerveza Platense en La Plata y el CerritoRock en Entre Ríos. El resto de las denuncias están en proceso de análisis donde algunos eventos se han suspendido o pospuestos, por las medidas tomadas por el Coronavirus.