Señor fiscal: negar abortos es tortura

En Chubut se conocerá el veredicto en el juicio a una médica que garantizó el derecho a un aborto bajo la causal salud. La joven que interrumpió su embarazo murió días después de la intervención en 2015. Aunque acusan a la médica, no hay pruebas de que el fallecimiento esté relacionado con el aborto. Stella Manzano fue perito en la causa y declaró en el juicio oral y público.

Cuando trabajaba en el cuerpo médico forense de Trelew escuché repetir varias veces al Procurador General de la Provincia que los fiscales son los abogados de las víctimas. Volví acongojada del juicio oral y público en Esquel: sentí que la joven muerta no tuvo quien la defendiera. El fiscal Carlos Díaz Mayer parecía el abogado de los médicos varones del hospital de Esquel. No le importó investigar la muerte de la adolescente, se limitó a investigar el “delito de aborto”. No quiso reconocer que el aborto es un derecho por riesgo para la salud o la vida de las mujeres o por violación, si es hecho por un médico o médica diplomados y con el consentimiento de la embarazada.

Acusó a la médica de “abuso de su arte y ciencia” al realizar el aborto, omitiendo que el relator especial Contra la Tortura de ONU dijo que es tortura negar abortos en los casos antes mencionados, por los graves daños que causan en niñas y mujeres la maternidad forzada y el aborto clandestino.

En el juicio salieron a la luz enormes irregularidades cometidas por los médicos varones que la atendieron en Esquel. Cuando fui a declarar, el fiscal no me hizo ninguna pregunta. Sólo manifestó su enojo por una nota y me preguntó si yo dije que él era machista y que este era un juicio disciplinador. Me amenazó con que había violado el secreto de sumario, para atemorizarme.

Antes había dicho en la audiencia oral y pública preliminar que la médica había realizado un aborto ilegal porque no consultó con una psicóloga para certificar riesgo psíquico, cuando el Código Penal no lo exige, ni la médica había consignado que lo hacía por este motivo. En esta nueva etapa, leí en los medios que él la acusa de aborto no consentido, en parte porque desapareció el certificado médico de la Historia Clínica, que seguro no lo sustrajo la médica. El fiscal no acusó a un médico varón que no solo no hizo firmar consentimiento informado ni a la madre ni al padre de la joven, para una inmensa cirugía, sino que los engañó diciendo que había pus e infección abdominal cuando se demostró que no los había. Dicho consentimiento no está en la Historia Clínica y los padres confirmaron que no se les hizo firmar nada.

Un cirujano escribió que había un plastrón, adherencias, una gran infección abdominal, que la autopsia demostró que jamás existieron. Las dos ginecólogas, que presenciaron esta cirugía, declararon que no hubo infección abdominal. Lo mismo que había demostrado la autopsia. Sin embargo, el fiscal no lo imputó al médico varón por adulteración de documento público, ni por no hacer firmar consentimiento a los padres para operarla de nuevo.

Todos los médicos que hablaron, dijeron que debió tratarse de una leucemia, porque llegó a tener 118.000 glóbulos blancos (aunque hablaban de “enfermedad de la médula ósea”) que el propio embarazo pudo desencadenar. En el juicio me enteré que tuvo 4 litros de ascitis. Sin dudas la descompensó eso. Por esta sospecha, tanto yo, como los dos primeros médicos forenses oficiales que participamos en la causa pedimos al fiscal que hiciera analizar la médula ósea que extrajimos para tal fin por un hematólogo. ¿El fiscal desestimó las recomendaciones de sus propios peritos, de estudiar la médula ósea, porque no quería que se sepa la real causa de muerte de la joven? No pareció ser el abogado de la víctima, sino alguien que quería imputar a una médica por un aborto ilegal, cuando no lo fue. A la joven, este cirujano le hizo una incisión desde el pubis hasta el esternón, sin ninguna justificación, porque no había encontrado nada en la cirugía, como si sólo quisiera marcarla, que recordara para toda su vida que había abortado, con esta peligrosa incisión, pero el fiscal no lo criticó, ni lo persiguió penalmente.

El fiscal no investigó la muerte de una adolescente, sólo imputó a una médica que puso 12 pastillas en la vagina, para abortar. No le importó si la joven fue mal operada, o mal reanimada en el Hospital de Esquel. O si quisieron curar una leucemia con dos cirugías, en lugar de quimioterapia. ¡El fiscal quiere enseñarnos a las médicas sobre medicina, sobre cómo debemos interpretar el Código Penal cuando hay peligro para la salud o la vida de las mujeres!

Las mujeres tenemos derecho a nuestra integridad psíquica, física y moral, señor fiscal; tenemos derecho a que nuestras vidas no sean arriesgadas o segadas tempranamente en partos forzados.

En los alegatos finales acusó a la médica de “aborto punible, y abuso de su arte y ciencia” diciendo que no hay constancia alguna de que la joven estuviera enferma. Dijo que es futurología realizar abortos por peligro para la salud y la vida de la mujer, como pide el Código Penal. Si hay un riesgo, científica y estadísticamente demostrado, evitarlo se llama prevención, no futurología. No es inocente su elección de palabras. La futurología está del lado de los antiderechos, que le dicen que si tiene fe, nada saldrá mal. Entre un 10 y 20% de las embarazadas, presentan hipertensión inducida por el embarazo al final del mismo, y la medicina no tiene manera de saber quienes la presentarán, ni lo pueden prevenir.

Si estas mujeres no quieren correr este riesgo, y no quieren continuar el embarazo, tienen derecho al aborto. La futurología y la adivinación y los rezos, y la esperanza infundada no tienen nada que ver con la medicina, igual que decir que “todo embarazo es una bendición”. Esos dichos dan cuenta del fundamentalismo del fiscal, que comenzó diciendo que no está en contra del derecho al aborto, pero luego quiere decir a médicas y mujeres que no es lícito hacer abortos por riesgo para la salud, como autoriza el Código Penal. No nos dijo cuán grave debería estar una mujer para hacerlos, y no puede hacerlo porque el Código Penal argentino no dice que sólo se pueden hacer abortos ante riesgo grave e inminente o perdurable para la salud de la mujer, como dice por ejemplo el Código Penal ecuatoriano. Y el fiscal no es quien para exigir más de lo que la ley pide.

Las complicaciones en el embarazo son la tercera causa de muerte de niñas de 10 a 14 años en toda América Latina, y la cuarta causa de muerte de mujeres de 15 a 34 años en nuestro país. Más de la mitad de las que mueren comenzaron sanas el embarazo y mueren al final del mismo o en el parto, por enfermedades que el embarazo causó. De la cantidad de las que enferman o quedan con secuelas, ni siquiera podemos hablar porque no hay cifras oficiales en el Ministerio de Salud de Nacion sobre morbilidad por enfermedad en el embarazo. Esto se debe en gran parte a que las que enferman son mujeres y niñas, y a que hay que mantener el mito de que un embarazo y parto son tan fisiólogicos que nada malo nos va a pasar.

Hoy estamos tristes en Chubut, por la joven muerta casi seguro de una leucemia que no se quiso investigar, por la joven médica denunciada por garantizar derechos en un pueblito de la cordillera, por Santiago Maldonado “desaparecido” por la Gendarmería muy cerca de ese mismo pueblo.

* Stella Manzano es médica tocoginecóloga y especialista en Medicina Legal. Trabaja con dedicación exclusiva en los centros de salud de los barrios Mario Abel Amaya y Tiro Federal, dependientes del Hospital de Trelew.