Marcelo Cousillas: “Todavía tenemos pocos juicios ambientales”

Conversamos con Marcelo Cousillas, presidente de la Conferencia de las Partes (COP) del Acuerdo de Escazú, sobre los balances y expectativas que dejó este evento en América Latina y el Caribe. El abogado y gerente del Área Jurídica del Ministerio de Ambiente de Uruguay adelantó los próximos planes para la implementación del tratado regional, así como los desafíos para impulsar la protección y democracia ambiental en este país sudamericano.

– ¿Qué impresiones te dejó la COP1 del Acuerdo de Escazú?

La impresión general es muy buena. Esta COP ya era importante por ser la primera y porque, por propio mandato del acuerdo, debía considerar ciertos temas muy importantes como las reglas de funcionamiento de la Mesa Directiva y las reglas de procedimiento del Comité de Apoyo y Cumplimiento. El acuerdo genera muchas expectativas y eso se vio reflejado en la cantidad de gente registrada. Estuvimos a sala llena y en la sala vecina también hubo muchas personas siguiendo el debate, sumado a quienes se conectaron durante la transmisión en vivo.

– En la última jornada señalaste que el público debe ser considerado con “el mayor alcance posible”. ¿Cómo se terminó resolviendo la mención a los pueblos indígenas y, además, la creación de un grupo de trabajo sobre defensoras y defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales que cuente con “pueblos indígenas, comunidades locales y grupos o personas en situación de vulnerabilidad”?

Durante la negociación se discutió mucho el concepto y el alcance de “público” y qué era lo que iba a quedar recogido en el acuerdo, tanto desde el punto de vista político como desde el punto de vista del texto. Lo que se terminó acordando desde el punto de vista técnico y político fue usar un giro que le diera la mayor amplitud posible, sin tener que listar a los grupos que integran el público y sin privilegiar a unos sobre otros. Sí se introdujo el concepto de “individuos o grupos en situación de vulnerabilidad”, que acompaña el concepto de “público”, porque el público está integrado por todos, incluso por los grupos de vulnerabilidad. Luego, en otras partes del acuerdo, se prevén facilidades especiales para los grupos de vulnerabilidad, pero no cambia la definición de público.

El problema que se dio el viernes es que parecía que se reabría la definición de público. El tema no es generar un problema conceptual, porque todo el mundo está de acuerdo en que participen todos los grupos que se mencionaron. El problema era qué redacción se estaba utilizando y qué consecuencias podría tener esto (en los términos de tratados regionales e internacionales) porque, si bien todas las delegaciones que intervinieron se referían a lo mismo, sin querer -o queriendo- proponían redacciones distintas, que tenían consecuencias diferentes. Entonces se propuso una redacción que poco menos estaba diciendo quiénes tenían que integrar el público. Y bueno, eso no se podía porque íbamos en contra del acuerdo. O que establecían qué integraba o no el público. Eso tampoco se puede porque el convenio no utiliza esa categorización a los efectos de la participación. Había una dificultad de entendimiento de algunos delegados, que no era una dificultad política, sino que estaban proponiendo textos que generaban efectos que seguramente ellos mismos no deseaban. Pero finalmente se empezaron a proponer cosas que generaron un texto aceptable, que permitió que no se generaran interpretaciones incorrectas.

–  Entre quienes pueden integrar el público están las empresas. Alicia Bárcena mencionó que el sector privado debe involucrarse más, por lo que ha tenido reuniones con representantes de la OCDE, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo para estimular esta participación. ¿Cómo se han involucrado las empresas hasta ahora?

El primer día de la COP hubo intervenciones de áreas más empresariales. Pero el tema de la participación del sector privado en las reuniones ambientales es un tema que ha sido tradicionalmente una cuestión analizada porque se consideraba como un faltante desde hace años y ha ido mejorando. Y no es lo mismo esa participación en reuniones de cambio climático, de biodiversidad, en reuniones más jurídicas o en estas que son regionales. Es cierto que desde hace años aparecen empresas, asociaciones o grupos empresariales también, u otros sectores privados, pero en este acuerdo no tienen una participación tan significativa como otros sectores. Y es entendible por los mecanismos que, de alguna manera, buscan crear, proteger o amparar este convenio con respecto a otros.

– Adrián Peña, el ministro de Ambiente uruguayo, habló en el cierre de la COP y remarcó que el país “prioriza el acceso a la información, a través del Observatorio Nacional Ambiental” y que se ha promovido la participación pública a través de la formación de “promotores ambientales”, pero que se necesita más apoyo de la sociedad civil para garantizar el acceso a la justicia. Desde tu rol en el ministerio: ¿qué planes hay para continuar implementando el Acuerdo de Escazú en Uruguay? ¿Se prevén campañas de difusión y capacitación sobre el contenido del tratado?

Hay dos proyectos de ley en los que el Ministerio de Ambiente está interesado. Uno viene de la administración anterior, que es un proyecto sobre delitos contra el ambiente. Y el otro es un proyecto del Colegio de Abogados del Uruguay sobre “responsabilidad por daño ambiental”. El derecho ambiental y la gestión ambiental en general ponen el énfasis en la prevención, en evitar que la afectación ambiental se produzca, actuar antes de que se puedan cometer daños ambientales. 

Uruguay ha crecido mucho en ese sentido: la evaluación de impacto ambiental y otros instrumentos apuntan a eso. También hace mucho tiempo que tenemos sanciones administrativas, que las impone el propio Ministerio de Ambiente u otros organismos que puedan estar vinculados a algún tema ambiental. No está mal enfocarse en la prevención, pero eso no quiere decir que no haya que abocarse también a normas que repriman a un infractor grave, porque los delitos ambientales deberían ser para situaciones más graves, para lo otro están las multas o prevenir. Por eso sería conveniente contar con un cuerpo reducido de delitos que persigan conductas graves, y en Uruguay todavía no tenemos esta normativa.

– ¿Cuáles serían esas “conductas graves” contra el medio ambiente?

Por ejemplo, cazar en áreas protegidas. Esto debería ser considerado una conducta muy grave -enfatiza Cousillas-. No quiero abrir la discusión de si está mal o no la caza, sino decir que, quien está incumpliendo la norma no solo está incumpliendo una norma de caza, sino que lo está haciendo en un lugar que está específicamente destinado a la protección. Otro ejemplo es alguien que contamina, pero no porque infringe una norma o tuvo un vertido que se escapó, sino que el que incumple con un vertido provoca un daño severo, que lo hizo sin tener ningún tipo de planta de tratamiento. No le importó nada y contaminó. El infractor se está parando frente al ambiente de manera muy diferente. 

Ojo que hay países que han abusado de los delitos ambientales y hay personas que creen que todo se soluciona con poner delitos, y no es una buena práctica porque no se terminan aplicando. Cuando se abusa del delito no se termina aplicando porque deberían ir todos presos. La teoría penal actual es “de mínima”, el derecho penal es, de alguna manera, la última respuesta cuando no se puede prevenir, cuando la actuación administrativa no alcanza, cuando la evaluación de impacto ambiental no es suficiente, cuando las plantas de tratamiento, los filtros, todas esas cosas no alcanzan, entonces la sociedad tiene que tener un mecanismo de respuesta: ahí aparece el delito.

En los temas ambientales, para poder actuar sobre la responsabilidad civil se necesitan normas especiales, no podemos ir al Código Civil de 1869. Entonces, el otro proyecto de ley, propuesto por el Colegio de Abogados del Uruguay a la Cámara de Representantes, apunta a cubrir estos aspectos. Cuando el ministro (Peña) se refiere a cubrir ciertos temas en el acceso a la Justicia, se está refiriendo a esto y a la actuación de la sociedad civil, porque todavía tenemos pocos juicios ambientales. ¿Quién va a promover esos juicios ambientales? “Cualquier persona interesada”, dice la ley, pero cualquier persona interesada tiene que tener el tiempo, las ganas y, muchas veces, el dinero para poner en movimiento esa maquinaria.

-Y también contar con ciertas expectativas de lograr buenos resultados en el acceso a la justicia.

De pronto esas expectativas de respuesta existen, pero se necesita alguien que las desencadene y, para eso, está bien que la sociedad civil pudiera estar organizada para suplir ese vacío… porque mientras se diga ‘cualquiera puede’, nadie se ocupa.

– Pero ha habido algunos ejemplos de solicitar amparos judiciales por parte de organizaciones ambientalistas como MOVUS, que utilizaron el Acuerdo de Escazú como parte de su argumentación para defender el derecho a un ambiente sano y frenar las obras de construcción de la segunda planta de celulosa de la empresa UPM porque no contaban con los permisos necesarios, pero finalmente no ganaron esos recursos judiciales.

Sí. Más allá del resultado, hay dos sentencias en Uruguay que citan el Acuerdo de Escazú, incluso antes de la entrada en vigor en nuestro país. Por lo tanto, cuando se dice “nuestros jueces no están capacitados”, bueno, ¡los jueces están muy al día!

– Pensando en la posible aprobación de alguno de estos proyectos de ley sobre delitos ambientales, pareciera que el desafío es cómo configurar a ese sujeto al cual se le podría aplicar la ley o cómo identificar quién comete el delito, por ejemplo, si se trata de una empresa.

Eso en el sistema penal, donde se puede actuar de oficio: la Fiscalía no necesita que alguien demande. Pero en el sistema civil, que refiere a esta responsabilidad social, se necesita a alguien que demande. En el plano civil se puede demandar a las empresas, hasta te diría que hacerlo implica un resultado exitoso porque, de pronto vos obtenés un resultado exitoso contra una persona y resulta insolvente y no va a poder reparar el daño. En Uruguay tenemos una litigiosidad baja, especialmente en temas ambientales. Creo que hay que movilizar más a los abogados porque son los que proponen los juicios.

Sobre otros planes a futuro en Uruguay, sabemos que las audiencias públicas pueden ser mejores, que la información ambiental se puede manejar de mejor manera, porque siempre se puede mejorar. Y sabemos que hay aspectos del acuerdo que tenemos que reflejar en la gestión, tanto en las normas como en la gestión cotidiana. En esta COP1 conversamos con la representante de las ONG’s, Andrea Dejten de CIEDUR, presente en Santiago de Chile, y pensamos en hacer alguna actividad para contar qué fue lo que pasó en esta conferencia y cómo sigue esta historia en el futuro inmediato, no solo respecto a los derechos de acceso o a los defensores, sino sobre esta reunión en sí para que la información llegue a otros sectores de la sociedad civil y a diversas instituciones del Estado.

Este artículo es parte del programa de cobertura de la COP1 del Acuerdo de Escazú apoyado por Climate Tracker y FES Transformación.