Un médico a juicio por no garantizar derechos

Un médico rionegrino va a juicio oral por incumplir con sus deberes de funcionario público al intervenir impidiendo un proceso de aborto legal que se encontraba en curso.

En Argentina el aborto es legal en casos de violación o si está en riesgo la salud o la vida de la persona gestante. El 29 de marzo de 2017, una mujer solicitó acceder a un aborto legal por causal violación en el Hospital de Cipolletti. Leandro Javier Rodríguez Lastra, quién recibió la llamada en relación a la derivación del Hospital de Fernández Oro, se negó a realizar la práctica de inmediato y solicitó un informe psiquiátrico de la paciente obstaculizando así el acceso de la mujer a un aborto legal. El 2 de abril, la paciente fue derivada al Hospital de Cipolletti con fiebre, contracciones y dolores abdominales luego de haber utilizado un medicamento con la finalidad de provocarse un aborto. La paciente buscaba atención de salud durante el proceso de aborto y contaba con la Declaración Jurada por la violación de la que había sido víctima y el Consentimiento Informado previsto en la Ley Provincial N° 4796. El médico tocoginecólogo Leandro Javier Rodríguez Lastra, quien se encontraba de guardia ese día, no sólo no acompañó la decisión de la paciente sino que suministró un medicamento para impedir que el proceso de aborto se lleve a cabo. Irá a juicio por no garantizar derechos.

El médico tocoginecólogo Leandro Javier Rodriguez Lastra, quien se encontraba de guardia ese día, no sólo no acompañó la decisión de la paciente sino que suministró un medicamento para impedir que el proceso de aborto se lleve a cabo.

El juez de Rio Negro, Julio Sueldo, elevó a juicio oral una causa contra el médico Leandro Javier Rodríguez Lastra por incumplimiento de deberes de funcionario público al haber obstaculizado el acceso de una mujer a un aborto legal. Rodríguez Lastra actuó activamente impidiendo el curso normal del proceso de aborto sin informar a la paciente qué droga le estaba siendo suministrada ni cuáles eran sus efectos. No contó con el consentimiento informado de la paciente para realizar la práctica médica violando así los derechos de la paciente reconocidos tanto nacional como internacionalmente.
Desde el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), Amnistía Internacional (AI) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentaron un escrito de amicus curiae en la causa apoyando su elevación a juicio y la posterior condena del profesional. El expediente judical en ese momento estaba caratulado como “Rodríguez Lastra s/ incumplimiento deberes funcionario público” (Legajo MPF-CI-00050-2017).

El escrito desarrolló argumentos en torno a la regulación del aborto a nivel nacional y local. También argumentó sobre cómo debe interpretarse la causal violación y cuáles son los requisitos para acceder a un aborto legal en estos casos. Se identificaron cuáles son las obligaciones en materia de atención sanitaria que tienen las/os profesionales de la salud en casos de abortos legales y se realizaron consideraciones sobre el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias.“Las organizaciones firmantes celebramos la decisión del juez Sueldo de elevar a juicio oral la causa en el entendimiento de que la intervención de Rodríguez Lastra para impedir el ejercicio del derecho de la víctima y para revertir un proceso de aborto en curso constituyó un acto de tortura al forzar a la mujer a continuar con un embarazo que no deseaba y que tenía derecho a interrumpir”, dijeron en un comunicado los organismos que llevaron adelante el amicus curiae.