??Chile: la esperanza puesta en la Asamblea Constituyente y el nuevo gobierno
Después de la victoria argentina, las fichas en el tablero de ampliación de derechos tuvieron sus primeros movimientos del otro lado de la cordillera. En Chile, la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados y Diputadas fijó fecha para discutir el proyecto de ley de despenalización del aborto consentido en las primeras 14 semanas de gestación. Era una propuesta preparada por Corporación Humanas que estaba estancada en el Congreso desde hacía dos años. Si bien en 2017 Chile había aprobado la interrupción legal del embarazo por causales, como ocurre en otros países, las causales muchas veces son obstáculos y la criminalización persiste.
El 13 de enero comenzó la discusión. A diferencia del proceso que se dio en Argentina en 2020, en la gestión de Sebastián Piñera no hubo voluntad política de acompañar esta iniciativa. En este contexto y contra todo pronóstico, el 28 de septiembre, jornada de lucha para los feminismos, la Cámara de Diputadxs aprobó el proyecto con más votos de los que se esperaban: 75 votos a favor, 68 en contra y 2 abstenciones. Luego, el texto volvió a la Comisión de Mujeres porque tuvo indicaciones para su modificación. Ya de vuelta en la Sala, la propuesta se debatió durante dos jornadas a fines de noviembre. De acuerdo a un comunicado de la Cámara Baja, al momento de la votación no alcanzó la mayoría para aprobar ninguna de las alternativas de redacción del articulado, ni la recién saliente de la Comisión de Mujeres, ni el texto previo. Se puede volver a presentar pero las activistas creen que no es estratégico ya que el parlamento girará a la derecha.
Ahora la esperanza está puesta en la lucha que se puede dar desde la Asamblea Constituyente. Allí conviven diversas estrategias: la Mesa de Acción por el Aborto busca que se reconozcan los derechos sexuales y reproductivos y el aborto como un derecho fundamental. dentro de la nueva Constitución; mientras que la Asamblea Permanente por el Aborto presentó una iniciativa ciudadana de ley para avanzar hacia el aborto libre. La Constituyente trabajará durante el primer semestre de 2022.
A su vez, el cambio de gobierno renueva expectativas. “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”, fue una de las frases de la campaña del flamante presidente electo Gabriel Boric. Todo indica que con su gobierno el camino estará allanado para la despenalización y legalización.

??Honduras: no se vale tanto odio
No todos son avances y esperanzas. Hay territorios en los que los logros obtenidos movieron fichas que se reflejaron en retrocesos. En Honduras, en un debate veloz, el Congreso aprobó el jueves 21 de enero una reforma constitucional que blindó la posibilidad de discutir una ley de aborto legal. La propuesta surgió de parte del diputado Mario Pérez del Partido Nacional y presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso Nacional. La llamó “escudo contra el aborto” y tuvo el apoyo de legisladores de distintas bancadas que se reunieron con representantes de la confraternidad evangélica, miembros de la Iglesia católica y el “Comité Pro Vida” para sellar este blindaje.
Honduras tiene una de las legislaciones más restrictivas a nivel mundial en materia de derechos sexuales y el aborto está penalizado en todas sus circunstancias. La anticoncepción de emergencia está prohibida. Y es el segundo país con mayor índice de embarazos en adolescentes de América Latina.
Esta decisión incumple sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y está poniendo en riesgo la vida, salud y la seguridad de las mujeres y las niñas.
“Lo que pasó en Honduras es muy icónico y significativo porque lo que han hecho ahí es que han conseguido legislar sobre el futuro en un país donde el aborto ya era completamente prohibido. Eso nos da, yo creo, la medida de su ambición. Y como lo han conseguido, eso se convierte en una demostración de fuerza”, dijo la activista feminista e investigadora Sonia Correa en esta entrevista.

??México: las morras al frente de la marea verde
2021 ha sido el año con más avances en legislaciones para garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos en México, ya que cuatro congresos locales aprobaron iniciativas para despenalizar el aborto hasta la semana 12 de gestación. Se trata de los Estados de Veracruz, Hidalgo, Baja California y Colima, que se sumaron a la Ciudad de México (2007) y Oaxaca (2019), donde ya estaba despenalizado. De los 32 Estados, 6 de ellos hoy tienen ley de plazos.
A su vez, hubo logros en el plano judicial. El 7 de julio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró inconstitucional la penalización del aborto en caso de una violación así como la existencia de un plazo determinado para su realización. “La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación constituye un acto de violencia contra la mujer que atenta contra sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental”, dijo la SCJN en un comunicado. Detrás de los expedientes siempre hay personas, y en este caso en particular está la historia de Jessica, una joven que nació con parálisis cerebral y fue víctima de violación cuando tenía 17 años. Un hospital del Estado de Chiapas le negó el aborto porque excedía los 90 días de gestación previstos en el Código Penal para interrumpir el embarazo.
No fue la única buena noticia: la Corte Suprema siguió expidiendose a favor de la ampliación de derechos. El 7 de septiembre estableció que no se debe criminalizar a las mujeres y otras personas con capacidad de gestar por interrumpir su embarazo en el Estado de Coahuila. El máximo tribunal del país anuló la cárcel con la que se castigaba al aborto al declarar inconstitucionales varios artículos del Código Penal de ese Estado. Entre ellos, el artículo 196 que penaba con uno a tres años de prisión a quienes participaran en un aborto. También rechazó el artículo 198 que no permitía que la persona embarazada fuera asistida por personal de salud en un aborto voluntario, y el artículo 199 que limitaba hasta las 12 semanas el acceso a aborto por violación, inseminación o implantación artificial. Es importante señalar que la resolución de la Corte Suprema afectó de forma inmediata solo a ese Estado. En primer lugar, las presas por aborto deberán ser liberadas. Pero también hay que decir que lo dictado por el tribunal no obliga al poder legislativo, a los Congresos estatales, a modificar sus Códigos Penales, sin embargo, establece un “criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”. Es decir que sienta jurisprudencia y marca un precedente importantísimo.
“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos. Este Tribunal Constitucional demuestra una vez más con los hechos y con sus sentencias que su único compromiso es con la Constitución y con los derechos humanos”, dijo Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia Nacional mexicana. Por supuesto que recibió ovaciones virtuales de la tribuna feminista.
Lxs ministrxs de la Corte hablaron de “mujeres y personas gestantes” y eso es un enorme reconocimiento en un país donde la reacción conservadora también incluye un activismo supuestamente feminista pero transodiante que avanza en distintos frentes para disputar espacios. En declaraciones a la prensa el ministro presidente de la Suprema Corte fijó postura sobre este “feminismo” que excluye a las mujeres trans: “No hay razón alguna para discriminar a nadie por ninguna razón y si las mujeres han sido tradicionalmente, históricamente discriminadas, creo que son las primeras que no deberían discriminar a otros o a otras por ser diferentes”. Aplauso, medalla y beso para Arturo.
Esta decisión de la Corte constituyó una derrota de los grupos antiderechos católicos y evangélicos que en tándem con representantes del poder político venían haciendo campaña fuerte en contra del derecho a decidir.
Dos días después de la despenalización de Coahuila, la Corte Suprema también tumbó el artículo de la Constitución de Sinaloa que decía que “el Estado tutela la vida desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley correspondiente, hasta su muerte, respetando…”. Había sido una ley promovida por el diputado panista Juan Pablo Yamuni y aprobada en 2018 por el Congreso del Estado. Ahora es inconstitucional. Todavía en 26 Estados mexicanos el aborto es considerado un delito.
Las morrar van paso a pasito, Estado por Estado.

??¡#EsLey Ecuador! Ahora falta, la Asamblea
El martes 27 de abril los Whatsapp de las redes feministas empezaron a agitarse con una noticia inesperada y de último momento que irrumpió en la monotonía pandémica: desde Ecuador, las compañeras avisaban que la Corte Constitucional había incluido en su orden del día la revisión de las seis demandas de constitucionalidad sobre los artículos 149/150 del Código Penal COIP para el día siguiente. El activismo feminista ecuatoriano empezó a movilizarse en las redes y a organizarse para ocupar las calles. #EsUrgenteCorte fue un grito que cruzó los Andes y recorrió la región en menos de 24 horas. El 28 de abril el máximo tribunal del país dio luz verde a la despenalización del aborto por violación.
Es apenas el comienzo de la reparación a las víctimas de violencia sexual que no podían -hasta ese momento-acceder a su derecho a interrumpir un embarazo en un país donde cada día se presentan 11 denuncias por el delito de violación.
Despenalizar el aborto por violación era uno de los objetivos históricos del movimiento feminista ecuatoriano. La Corte había acumulado un total de seis demandas presentadas por organizaciones y referentas sobre el mismo tema en una sola causa, numerada 34-19. La primera demanda se presentó en 2019 y la última este año. Lxs jueces constitucionales analizaron el proyecto de sentencia que elaboró la jueza ponente Karla Andrade Quevedo. Finalmente, con 7 votos a favor, el máximo tribunal declaró inconstitucionales los artículos 149 y 150 del Código Penal. Se trata de los artículos que tipificaban el aborto como delito y establecían dos excepciones en las que no es penado. El 149 reprimía a quienes se practicaren un aborto de forma consentida. El 150 establecía dos excepciones. Decía: no se penará “si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental”. Las demandantes pedían que se eliminara la frase “en una mujer que padezca discapacidad mental”, ampliando la excepción legal a todos los embarazos que sean “consecuencia de una violación” para todas las personas con capacidad de gestar.
En su sentencia, la Corte obligó a la Defensoría del Pueblo a presentar un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación en los siguientes dos meses. La Defensoría lo presentó el día que venció el plazo: 28 de junio de 2021. Luego, la Asamblea Nacional debía debatir y aprobar esta ley en un plazo de seis meses. Se trata de la “Ley Orgánica para Garantizar el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Caso de Violación”.
Sin embargo, esta discusión se demoró hasta el límite: recién comenzó en diciembre el primer debate y el segundo continuará el 11 de enero de 2022. En la última semana de ese mes habría un resultado definitivo.

??73 días de resistencia feminista en República Dominicana
El 23 de mayo, después de una multitudinaria marcha nacional, las feministas organizadas de República Dominicana levantaron el Campamento de la Dignidad tras 73 días de resistencia para continuar la lucha por otros medios en barrios y campos dominicanos.
La manifestación fue para mostrar la fuerza feminista en las calles a lxs diputadxs que no aprobaron, a fines de abril, la incorporación de las tres causales en el medio de la discusión por las reformas al Código Penal y en el marco de fuertísimas presiones de referentes de las iglesias católica y evangélicas. Quedó sólo un artículo, una especie de excepción, que permite la interrupción del embarazo en el caso de que la vida de la mujer corra peligro, algo que ya se venía implementando. Lxs diputadxs rechazaron, con 111 votos en contra y 45 a favor, un informe disidente que pedía incluir en el Código Penal otras dos causales de interrupción del embarazo: violación o incesto y malformaciones del feto incompatibles con la vida extrauterina.
“En una sociedad democrática los derechos se garantizan y el Congreso tiene un rol fundamental. En 2024 no votaremos por ningún legislador o legisladora que nos haya dado la espalda #Las Causales Van”, dijeron desde 3 causales.
En diciembre, la Cámara de Diputadxs de la República Dominicana aplazó para el 4 de enero una nueva votación del Código Penal donde las organizaciones feministas exigen que se incorporen las tres causales. Fue durante una sesión boicoteada por la oposición por una investigación de supuesta corrupción.

??El Salvador: justicia y esperanza
Si bien la situación respecto a la prohibición total del aborto continúa intacta en el país más pequeño de Centroamérica, hay logros producto de la insistencia feminista y las resistencias fundamentales para destacar.
El 29 de noviembre El Salvador se convirtió en el primer Estado en ser condenado por criminalizar a embarazadas después de enfrentar emergencias obstétricas y este fallo marca un precedente importantísimo para toda la región porque ordena reformas para acceder a la salud reproductiva. Es decir que la sentencia tiene un alcance nacional pero también continental.
La decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) es a partir de un caso en particular: la criminalización de una mujer, conocida como Manuela, que pidió ayuda en medio de una emergencia obstétrica, fue condenada a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado y murió en la cárcel sin atención médica. Su nombre se volvió bandera en las manifestaciones salvadoreñas y aterrizó a nivel internacional cuando llegó a la Corte. Fue un logro del Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, con el acompañamiento de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.
El fallo ratifica lo que venían diciendo su familia, las organizaciones que acompañaron el caso y el movimiento feminista: el Estado se equivocó al encerrararla y condenarla luego de sufrir una emergencia obstétrica, negarle acceso a salud y dejarla morir al no brindarle un tratamiento adecuado para el cáncer que padecía. El tribunal reconoció que en El Salvador hay un fenómeno de criminalización de las emergencias obstétricas producto de la penalización total del aborto, que afecta mayoritariamente a mujeres que viven en situación de pobreza, en zonas rurales y tienen niveles bajos de escolarida
La sentencia en el caso Manuela exige al Estado una serie de medidas para reparar de manera integral: la publicación de la sentencia, la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, becas de estudio al hijo menor y al hijo mayor de Manuela; brindar tratamiento médico, psicológico y psiquiátrico a la familia. A nivel estructural también hace pedidos para regular la obligación de mantener el secreto profesional médico y la confidencialidad de la historia clínica; desarrollar un protocolo de actuación para la atención de mujeres que requieran atención médica de urgencia por emergencias obstétricas; adecuar su regulación relativa a la prisión preventiva; diseñar e implementar un curso de capacitación y sensibilización a funcionarios judiciales y al personal de salud; adecuar su regulación relativa a la dosimetría de la pena del infanticidio; diseñar e implementar un programa de educación sexual y reproductiva; tomar las medidas necesarias para garantizar la atención integral en casos de emergencias obstétricas, entre otras.
“¡Cómo el Estado no iba a ser culpable! Mi mamá estuvo presa, enferma y amarrada. No sigan haciendo esto, investiguen bien, no hagan está ingratitud. Mí mamá sufrió, no tuvieron compasión con mí abuela, ni con mi abuelo, ni con nosotros. Me alegra todo lo que se ha logrado. El nombre de mí mamá no será ignorado, no será tratada como culpable. Me siento contento de que haya salido a la luz la verdad, porque lo que le hicieron a ella fue una injusticia”, dijo uno de los hijos de Manuela cuando se conoció la sentencia.

??Colombia: la causa justa a la espera de la Corte Constitucional
El 19 de septiembre de 2020, 91 organizaciones y más de 150 activistas nucleadas en el movimiento Causa Justa, interpusieron una demanda conjunta en la que le piden a la Corte Constitucional de este país que elimine el delito de aborto del Código Penal por vulnerar los derechos fundamentales de las mujeres y del personal de salud. La demanda fue admitida en octubre y se presentaron más de 100 opiniones expertas nacionales e internacionales ante este tribunal.
La Corte Constitucional de Colombia tenía como fecha límite para expedirse el 19 de noviembre de este año, pero no ocurrió. El obstáculo que ralentizó la discusión fue la presentación de Alejandro Linares: el magistrado radicó ante la Sala Plena de la Corte Constitucional una solicitud de impedimento para no participar en la votación y discusión ya que habló en medios sobre el tema.
Ahora, lo primero que deberá decidir un conjuez es si acepta o no el impedimento presentado por el magistrado. En este momento, el alto tribunal no está sesionando por la vacancia judicial que va del 20 de diciembre al 11 de enero del próximo año, por lo que la discusión podría ser uno de los primeros temas de 2022.
Aunque la sentencia C-355 de 2006 ha sido un logro importante para el avance de los derechos sexuales y reproductivos de las colombianas, porque reconoció el derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo en tres casos, se repite lo que ocurre en otros países: las causales son un obstáculo.
El aborto es un derecho y delito al mismo tiempo en el país cafetero y eso genera las confusiones y tensiones que se transforman en barreras de acceso. Todos los años 400 mujeres son procesadas por abortar en Colombia. El número se desprende de la investigación “La criminalización del aborto en Colombia”, publicada en el marco del Movimiento Causa Justa por el aborto. Uno de sus principales hallazgos es que las mujeres, adolescentes y niñas en situación de vulnerabilidad son las que están en mayor riesgo de ser criminalizadas. En el país cafetero existe una mayor probabilidad de que las mujeres que deciden abortar tengan una mayor probabilidad de sufrir procesos de persecución por parte de la justicia, que de recibir un respaldo cuando son víctimas de delitos de violencia machista. Las condenas de las mujeres que deciden abortar representan un 7,6 % de los casos, mientras que para los delitos de violencia intrafamiliar y acceso carnal violento las condenas solo llegan a situarse entre un 1.14% y un 3.38%.

??En Uruguay, la IVE se defiende
Si vamos más al sur de nuestro continente, las noticias no son tan buenas pero también encontramos feministas movilizadas, en las calles y en resistencia. El 10 de noviembre las uruguayas convocaron a una manifestación frente a la Torre Ejecutiva, sede de presidencia, para exigir que se respete la ley de interrupción voluntaria del embarazo aprobada en 2012. El alerta para salir a las calles y defender los derechos conquistados se encendió cuando una mujer que había abortado legalmente con misoprostol denunció que una ecografista le hizo escuchar los latidos y le dijo que como no había completado el aborto “no había nada más que hacer”. En esta nota de Brecha está contada su historia. Finalmentel, la mujer fue acompañada por la organización Mujer y Salud en Uruguay (MYSU) para completar el procedimiento de aborto en el hospital Pereira Rossell. Mientras, se supo que la ecografista es referente del área de Salud Sexual y Reproductiva de la Red de Atención Primaria Metropolitana de los Servicios de Salud del Estado.
No nos olvidemos que el presidente Luis Lacalle Pou manifestó que su gobierno “desestimularía” el aborto y las organizaciones feministas vienen registrando demoras en los servicios.
Cuando terminó la concentración, en Montevideo, le entregaron al presidente la declaración “Feministas en defensa de los derechos conquistados”. También hubo movilizaciones en los departamentos de Canelones y Rocha y frente a la Embajada de Uruguay en Buenos Aires.

??Perú: un proyecto de ley para la despenalización del aborto por violación
La congresista de izquierda Ruth Luque presentó el 10 de diciembre, día internacional de los derechos humanos, ante el Congreso un proyecto de ley para despenalizar el aborto por violación sexual en Perú, en donde la interrupción voluntaria del embarazo solo es legal en caso de riesgo para la salud o la vida de la persona gestante. “Queremos legislar para las mujeres, para garantizar y cuidar sus cuerpos, y para que decidan (…) y ojalá que más adelante podamos hablar de un aborto libre y seguro”, declaró a la prensa Luque, del partido Juntos por el Perú ante las puertas del Congreso, rodeada de pañuelos verdes y representantes de organizaciones feministas.
El proyecto propone modificar el artículo 119 del Código Penal para que el aborto por violación sea considerado una interrupción no punible del embarazo, igual que el aborto terapéutico, que es legal en Perú desde 1924 solo para casos en que la salud o la vida de la madre esté en riesgo y el embarazo no supere las 22 semanas.
Un estudio realizado en julio de este año por la encuestadora Ipsos reveló que el 53 % de los peruanos cree que el aborto debería permitirse en todas (15 %) o ciertas circunstancias (39 %).Otro informe realizado por Datum indicó ya en 2018 que el 64 % de la población estaba a favor de despenalizarlo por violación sexual.

En Latinoamérica todavía cinco países prohíben el aborto sin excepciones (El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití) y es la única región del mundo donde los embarazos en menores de 14 años siguen aumentando.
Nuestros feminismos son transnacionales porque derraman conquistas. No se trata únicamente de hitos legislativos o jurídicos, junto con la movilización y la ocupación callejera, estos hechos que se convierten en noticias también empujan la despenalización social de un tema que hasta hace muy poco era prácticamente tabú.
Algunos datos que reflejan otras transformaciones. Por ejemplo, en Chile, un sondeo de opinión de Ipsos reveló que el 73% de lxs chilenxs está a favor del aborto en general; un 41% piensa que debería ser completamente libre y un 32% cree que debe permitirse en ciertas circunstancias, como en casos de violación. Solo un 7% está totalmente en contra y un 12% está en contra, excepto cuando la vida de la mujer corre peligro.
En este último año, en Chile, la aprobación hacia la legalización del aborto tuvo un aumento de 5 puntos porcentuales, pasando de 68% en 2020 a 73% este año. Entonces salir a la calle, movilizarse, actuar sirve no solo para conseguir leyes sino también para generar transformaciones mucho más capilares.
Este cambio de opinión no es tendencia únicamente en Chile. Desde el 2014 hasta la fecha la aprobación del aborto ha aumentado en varios países. Según el último informe Miradas globales sobre aborto, de Ipsos, en Argentina aumentó 15 puntos el nivel de aprobación social en ese período de tiempo, en Brasil 11 y en Chile 8 puntos.
Esas transformaciones silenciosas y cotidianas en los cambios de percepciones son las que importan si pensamos a largo plazo. Son las que permitirán que el aborto salga realmente del closet.